De la misma forma que ya ocurría con la soja, el trigo, la cebada y el maní, entre otras producciones, ahora los productores de garbanzo deberán declarar la superficie que sembraron y los cultivares en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
La medida se dio a conocer a través de la resolución 563/2023 del Instituto Nacional de Semillas (INASE), publicada en el Boletín Oficial. En el documento se consigna que se inscribieron en el Registro Nacional de Cultivares seis nuevas variedades de una docena que tienen propiedad intelectual vigente.
“El cultivo de garbanzo (cicer arietinum), resulta una actividad de marcada importancia a nivel nacional e internacional, como cultivo de invierno, siendo alternativa productiva fundamental para zonas del Centro-Norte Argentino, como las Provincias de SALTA, SANTIAGO DEL ESTERO, CÓRDOBA, TUCUMÁN, sur de la Provincia de CATAMARCA, este de la Provincia del CHACO, norte de la Provincia de SAN LUIS, y parte de las Provincias de LA PAMPA y BUENOS AIRES”, se argumenta en los considerandos de la resolución.
Además, se detalla que “existen avances tecnológicos suficientes para desarrollar este cultivo y potenciar su rendimiento, llevándolo a niveles productivos que generarían altas rentabilidades al agricultor, producto de la demanda de exportación”.
Por eso, se le informa a la AFIP a los fines “que realice las modificaciones informáticas necesarias para permitir la declaración del cultivar en la especie garbanzo”.
El texto completo de la resolución, a continuación.
aviso_293717