La Secretaría de Ambiente de la Provincia recuerda a los productores del arco noroeste la conveniencia de adoptar con anticipación recaudos necesarios para evitar la propagación de eventuales frentes de fuego.
A tales efectos se ha dispuesto facilitar la presentación de la documentación que corresponde a las Declaraciones Juradas que deben realizarse.
Ante la situación actual –cuarentena y normas por el COVID-19-, no será necesario concurrir a la sede de la Secretaría de Ambiente, sino que se podrá enviar la documentación a la siguiente dirección de correo electrónico: bosque.nativo.cba@gmail.com
Obligación del propietario
La Ley 9814 de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos establece que es obligación y responsabilidad del propietario del campo la construcción y el mantenimiento de picadas perimetrales.
Al realizarlas –indica la Secretaria-, se deberán respetar los ejemplares arbóreos que superen los 10 o 15 centímetros de DAP (diámetro altura al pecho).
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