domingo, 05 de mayo de 2024
Buscar

<<Volver al Inicio

Ley de Semillas: entidades agropecuarias se oponen a un punto de la Ley Ómnibus que limita el “uso propio”

Entidades agropecuarias se manifestaron en contra de la adhesión de la Argentina a UPOV-91 porque consideran que implicaría una limitación al uso propio de las semillas por parte de los agricultores.

Específicamente, SRA, CRA y FAA solicitaron en un comunicado que se retire del proyecto de Ley Ómnibus y que el tema sea abordado en una actualización integral de la Ley de Semillas que abarque a todos los sectores involucrados.

Esta reacción se produce tras la reunión que mantuvo el titular de la cartera agropecuaria, Fernando Vilella, con representantes Asociación de Semilleros Argentinas (ASA), en la que el funcionario subrayó el reconocimiento de la propiedad intelectual y ponderó como positiva la incorporación al proyecto de Ley Ómnibus la adhesión a UPOV 1991 (Unión Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales).

Posición del campo

En un comunicado firmado por tres de las cuatro entidades que integran la Mesa de Enlace Nacional, consideraron que la adhesión UPOV-91 implicaría entre otras cosas, “la pérdida del derecho de uso propio por parte de los agricultores y la mayor extensión de los derechos de los obtentores”.

En este sentido, señalaron que “UPOV-91 beneficia principalmente a desarrolladores comerciales de variedades uniformes limitando los derechos de los agricultores para guardar y utilizar semillas y material de propagación”.

Las entidades argumentaron que “sus características claves incluyen la necesidad de autorización del obtentor para el uso propio la extensión de derechos hasta el producto de la cosecha (lo cosechado) y una ampliación en la duración del derecho de propiedad”.

A modo de ejemplo, mencionaron que “en América Latina solo Costa Rica y Perú han adoptado el UPOV-91, mientras que ningún país de la región está adherido.

“Por estas razones y porque además hoy están resguardados los derechos de propiedad intelectual de los obtentores en conveniencia con el derecho de uso propio del agricultor es que solicitamos retirar del proyecto de Ley la adhesión a UPOV-91”.

Para las entidades, habría que asegurar “una legislación equitativa que contemple y refleje los derechos de todos los actores en el sector agrícola”.

Que es el UPOV-91

El controvertido artículo del proyecto de Ley Ómnibus es el 241 y reza: “La República Argentina adhiere a la Convención Internacional sobre la Protección de Nuevas Variedades Vegetales (1991)”.

Esta Convención Internacional, denominada como UPOV-91, surge por impulso de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV), creada en 1961 y de la cual, entre numerosos países miembro, también está la República Argentina.

Concretamente, esta organización promueve a nivel global la protección de los intereses de los obtentores de semillas, a través de distintas convenciones cuyas normas no son vinculantes para los países que adhieren no adhieren a la misma.

Específicamente, el UPOV-91 en cuestión, fija el marco legal por el cual los países pueden limitar el “derecho de uso propio” de los agricultores para guardar y utilizar semillas de una cosecha a otra.

La controversia se suscita en el hecho de que con el argumento que existe un circuito comercial paralelo de semillas (bolsa blanca), las empresas semilleras consideran que ello perjudica el valor de sus desarrollos e innovaciones.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Últimas noticias