Se publicó en el Boletín Oficial el decreto presidencial por el cual se establece la suspensión de exportaciones de carne vacuna fresca, refrigerada o congelada, autorizándose solo un cupo de embarques por el 50% de los volumenes mensuales promedio embarcados en 2020.
En principio, hasta el 31 de agosto pero en la misma cláusula se puntualiza que se podrá extender hasta el 31 de diciembre. Tal como vienen comportándose el gobierno, de hecho que el plazo en que se ha pensado es hasta esa segunda fecha.