miércoles, 24 de abril de 2024
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Pedirán Carta de Porte para el traslado de envases vacíos de agroquímicos que no puedan reciclarse

Por una disposición del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, a partir de ahora será necesaria la confección y tenencia de una Carta de Porte para el traslado de envases vacíos de productos químicos y biológicos de uso agropecuario “Tipo B”, es decir aquellos que bajo ninguna forma pueden ser reutilizados y deben enviarse para su disposición final, ya sea porque el triple lavado no resulta aplicable, o porque contienen sustancias no dispersables en agua.

A través de la Resolución 439/2022 publicada en el Boletín Oficial, la cartera nacional dispuso esta nueva regulación bajo el título “Régimen transitorio de trazabilidad de los envases vacíos de fitosanitarios Tipo B”, y de acuerdo al artículo 1° del citado documento, “mantendrá su vigencia hasta la puesta en marcha del Sistema Único de Trazabilidad creado por el artículo 24 de la ley N° 27.279, estableciéndose como fecha tope al efecto el 30 de septiembre de 2023”.

Carta de porte

“A los efectos de lo dispuesto en el artículo 1° el transporte de envases vacíos de fitosanitarios Tipo B, desde el CAT al operador, deberá cumplir con los requisitos definidos para el transporte de mercancías peligrosas de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 24.449 y modificatorias, siendo el documento válido para ello, la carta de porte establecida en el artículo 9 de la Ley Nº 24.653, instrumento en el que deberá precisarse la cantidad de envases transportados expresada en unidades”, especifica y detalla la disposición legal.

Por eso, los operadores habilitados deberán exigir el documento para el transporte de estos bidones o receptáculos de fitosanitarios que ya fueron utilizados y no pueden reciclarse.

Cabe recordar que, de acuerdo a la normativa en vigencia, los envases usados deben ser transportados desde los establecimientos en que fueron utilizados a los denominados Centros de Almacenamiento Transitorio (CAT), y de allí a los operadores finales que determinan su reciclaje o disposición final en función de tipo de producto que hayan contenido.

Modelo Córdoba

Hay que recordar que la provincia de Córdoba tiene un esquema único en el país, que en la actualidad combina el sistema de la asociación Campo Limpio (que reúne los principales elaboradores a nivel país) con una red de Sistema Provincial de Recupero de Envases Vacíos, que acumula más de 15 años de funcionamiento. Ya se llevan inaugurados tres Centros de Acopio Transitorios (CAT) y desde la Provincia se informó que se espera llegar a más de 20 en todo el territorio.

Este “modelo Córdoba” de articulación interinstitucional público-privada permite la reutilización del envase vacío (en los casos de aquellos que puedan ser reciclados) en un insumo de economía circular que complete la cadena de trazabilidad de los fitosanitarios, protege al sector agropecuario y cuida los recursos naturales. Al facilitar el recupero de los envases vacíos mediante los CAT, se garantiza que el destino del material recuperado no afecte a las personas ni al ambiente.

La autoridad de aplicación en Córdoba, para estos casos, es compartida entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Secretaría de Ambiente. En el caso de los envases Tipo B, se suma este nuevo documento para su traslado.

Para ver la Resolución completa, hacer clic AQUÍ.

 

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