jueves, 25 de abril de 2024
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“Dólar Soja”. Contratos de arrendamiento y Canje cereal, precisiones de Mariano Echegaray

La principal situación que se plantea es respecto a qué valor se toma para establecer el monto a pagar en los arrendamientos con vencimiento en el mes de Septiembre. Esto viene de la mano de la medida tomada por el gobierno para el TC (Tipo de Cambio) especial durante este mes para la venta de soja destino exportación.

Así en una primera instancia con el decreto 578 se establecen las medidas anunciadas por el ministro Sergio Massa y a través de la resolución 5/2022 del Ministerio de Economía se reglamenta la medida.

Se destaca que en el anexo de la resolución se aclara que están incluidas a TC de $ 200:

  • Operaciones de contratos de futuro de soja
  • Disponible
  • Liquidaciones de anticipos
  • Pesificaciones de contratos en dólares

Canje soja

En tanto las operaciones con pago en especie con soja (canje) realizadas antes del decreto no se toma el TC (Tipo de Cambio) especial y aclara que aquellos sujetos que no estén adheridos al programa, pesifican a tipo de cambio oficial (como siempre) y menciona:

  • Pago de alquileres de campo
  • Compra de pellets y/o harina para consumo animal
  • Procesamiento para alimentos balanceados
  • Cualquier otro tipo de operación

El uso propio

Lamentablemente el gobierno solo analizó sobre sus necesidades y no sobre los diferentes impactos que está medida genera en la cadena.

Así se ven afectadas las industrias y servicios que dependen del grano para el desarrollo de sus actividades.

Para corregir esta situación se plantea desde la resolución el uso de do referencias de precios diferenciando los TC que tomarían. Al día de hoy desde la comisión arbitral se niegan a tener dos pizarras y desde la Secretaria dejaron de publicarla. Esto suma a un nuevo capítulo de los parches eternos que vivimos en la Argentina.

Lic. Mariano Echegaray

E-mail: marianoechegaray@efconsultoresasociados.com 

10 comentarios

  1. Hola..
    Buen dia.
    Consulta aun hay campo que se paga con el alquiler con especie?…
    No soy productor pero me gustaria entrar en el rubro…
    Si hay posibilidades me avisan…
    Vivo en Rosario

  2. Tenemos que cobrar el equivalente de 90 tn de soja en concepto de arrendamiento.Esperamos hasta aqui para respetar el decreto.Hoy 6-10,no sabemos el precio de lo que nos deben.Cual seria??

  3. Buenas noches, soy dueño de un campo que arriendo por toneladas de sojas mensuales al precio promedio de pizarra de la Bolsa de Cereales de Rosario. A qué precio debo liquidar el arrendamiento del mes de septiembre?
    Agradezco su respuesta.

  4. Está mal interpretada la resolución 5/2022, ya que el párrafo aclaratorio dice claramente que «se aclara que aquellos sujetos que no estén adheridos a dicho Programa (se refiere a exportadores, no a cualquier productor ni mucho menos a locadores); continua; «sea para operaciones tales como pago de alquileres de campo, compra de pellets y/o harina para consumo animal, procesamiento para alimentos balanceados», O sea, no dice para «cobro de alquileres». termina: «no podrán acceder al contravalor excepcional y transitorio establecido en el Artículo 5° del citado Decreto N° 576/22», esto es, no pueden acceder al valor de $200 por USD, al que solo acceden los exportadores.
    En consecuencia, para los productores comunes y arrendadores, rige el precio de pizarra. El precio interno es el precio de pizarra, sólo los exportadores que no se adhieran y los que no hayan exportados en los últimos 180 días no acceden al dolar soja, ni si quiera para su compras y pagos que tienen que afrontar a precio de pizarra.

  5. Tengo que pagar el 50%del arrendamiento fijado en el equivalente en $ a 10qq de soja por ha
    Cómo se siembra 50%Soja y 50% Maíz, la segunda parte, vendo Maíz hasta llegar en $ el equivalente a 10qq de soja menos los gastos de comercialización, qué tipo de cambio debo usar?

  6. La diferenciación especificada es absolutamente arbritaria,considerando que el arrendador no es un especulador,sino en su mayoría personas que hasta hace poco tiempo trabajaban el campo y por múltiples razones ,edad, salud, etc , no pudieron seguir haciéndolo y su capital de tantos años de sacrificio, debía generarle un beneficio, bien merecido. Ellos como partícipe de ese engranaje que les llevó quizás una vida conseguirlo ,elgobierno lo discrimina injustamente ,porque no es de dudar que solo les interesa juntar dólares para tapar agujeros y mal distribuirlos entre personas que no quieren trabajar. Es aberrante la disposición y como siempre en contra de los que lucharon por un país mejor y que ellos se encargan de destruir cada día. Ojalá puedan reflexionar no para beneficio propio como siempre los hacen, sino que apenas hagan algo por el país y que a muchos de esas personas que dejan afuera, trabajaron duro y sol a sol pra obtener un pedazo de tirra. Pero que saben ellos?????????

    1. Estimada,
      Con todo el respeto….
      El “premio” debe ser para los arrendatarios que arriesgan y apuestan en campos de terceros sin saber si van a poder cosechar, rogando por lluvias, orando por esquivar tormentas malas, endeudándose a tasas insoportables y con insumos cada vez más caros, renegando con el personal y los fierros, etc etc etc etc.
      Mientras los arrendadores están en el patio de su casa, o tomando un café en la estación de servicio.
      No quiero generar polémica, ni ofender a nadie…pero si alguien “merece” el premio con los que apuestan y arriesgan.

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