sábado, 20 de abril de 2024
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Productores agropecuarios: la DDJJ para circular en Córdoba sigue vigente hasta el 10 de mayo

La Declaración Jurada para circular en territorio cordobés que deben tramitar los productores agropecuarios extiende su fecha de vigencia hasta el día 10 de mayo inclusive.

Esta ampliación del plazo se da en sintonía con la prolongación del aislamiento, social, preventivo y obligatorio, anunciada por el Poder Ejecutivo Nacional en la noche del sábado y oficializada a través del DNU 408/2020 publicado en la noche de este domingo.

En este marco, el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia recuerda a los productores que la Declaración Jurada los habilita para circular sólo dentro del territorio cordobés, y que en cambio, para el transporte interjurisdiccional deberán tramitar la constancia electrónica o declaración jurada emitida por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.

DDJJ para circular en Córdoba
De esta forma, los titulares de establecimientos agropecuarios y personas que posean RENSPA, RENAF, RENAPA y RENFO, deben seguir utilizando el documento provincial para circular dentro del territorio cordobés.

Se puede confeccionar y luego bajar directamente, y de forma exclusiva, desde el sitio web agricultura.cba.gov.ar.

Los usuarios deben completar todos los incisos correspondientes, y el mismo contendrá como elementos de validación un código de barras y un código QR.

Desde la cartera agropecuaria aclaran que “los productores que hayan descargado en estas últimas jornadas la Declaración Jurada con fechas de vencimiento al 12 y al 26 de abril, pueden continuar utilizando dicho documento para circular”.

Igualmente, se recomienda a los usuarios que, de contar con el tiempo y las posibilidades, descarguen la DDJJ con fecha de vencimiento al 10 de mayo.

Además, para evitar inconvenientes durante la circulación, se aconseja siempre portar el DNI personal y contar en el celular o llevar impresa la Decisión Administrativa Nacional 446/2020 que exceptúa de la obligación de tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación a las personas vinculadas a la producción agropecuaria.

Para el caso del tránsito interjurisdiccional, se deberá tramitar la Declaración Jurada del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, que puede gestionarse electrónicamente a través del portal web oficial de la cartera agropecuaria nacional https://ddjjcovid19.magyp.gob.ar/

“Se insiste a los productores y a la población en general, que la utilización de los permisos mencionados debe hacerse en caso de ser estrictamente necesario, privilegiando ante todo la determinación de resguardarse en los hogares, como principal medida para la contención de la pandemia del Covid-19 en nuestro país”, subrayó la cartera agropecuaria provincial en un comunicado.

Qué dice el decreto que prolonga aislamiento, social, preventivo y obligatorio hasta el 10 de mayo inclusive:

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