Mediante la Resolución 154/2018 de la Secretaría de Emprendedores y PyMEs del Ministerio de Producción, se dispuso actualizar los límites de facturación anual para la categorización de Pyme y se incorpora como variable para su encuadre la cantidad de personal.
La norma comprende a las empresas del sector agropecuario y, también, de Servicios, Industria, Minería y Construcción.
El Licenciado Mariano Echegaray, consultor cordobés experto en legisladores empresarias y tributarias, escribió para Agroverdad un resumen explicativo de la Resolución.
Recordemos –apuntó el especialista- que actualmente las empresas se pueden categorizar como PYME, lo que implica acceder a diversas medidas de fomento, en materia de beneficios fiscales y de incentivo a la utilización de instrumentos de crédito.
La variable Empleados
Lo superador de esta modificación, es que al incorporar la variable de empleados se permite tomar una nueva referencia para ser considerado PYME.
Esto adquiere relevancia para las empresas que realicen actividades de comisión o consignación, en razón que se tomará sólo la variable de empleados para categorizar estas actividades.
Recordemos que estas empresas se encuadraban en categorías que no reflejaban su real tamaño porque se consideraba solamente el volumen de ventas.
Al actuar en consignación o representación se factura el total de la operación al cliente, siendo su real ingreso un porcentaje de la operación. Con esta iniciativa, estas empresas podrán tener un encuadre acorde a su tamaño real.
Escala de Ingresos
Los nuevos límites de facturación anual son:
Se entiende por valor de ventas totales anuales, al monto de las ventas que surja del promedio de los últimos 3 ejercicios comerciales o años fiscales, según la información brindada por la empresa mediante declaración jurada.
Recordamos que a fin de la categorización, cuando una empresa realice actividades en más de uno de los sectores, será caracterizada en el sector cuyas ventas hayan sido las mayores.
Escala de Empleados
En tanto, se incorpora la variable de personal empleado de manera concurrente con las ventas, con el objetivo de lograr un encuadre más preciso en la categorización PyME.
Se entiende por personal ocupado aquel que surja del promedio anual de los últimos 3 ejercicios comerciales o años fiscales, según la información brindada por la empresa mediante el Formulario de Declaración Jurada F. 931 de la AFIP.
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