viernes, 29 de marzo de 2024
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Atención Productores: el 31 de enero vence el plazo para comunicar información a la AFIP y al INaSe

El calendario impositivo del agro marca que a fin de mes los productores deben cumplimentar con la declaración de información sobre superficie de cultivos de verano en el caso de la AFIP y de origen de semilla de soja y reserva de semilla de trigo en el caso del INASE, nos resumió y recordó el consultor impositivo Lic. Mariano Echegaray Ferrer .

Ante la AFIP
De acuerdo a la Resolución RG 2.750 (Régimen de Capacidad Productiva), al fisco se deben declarar datos de superficie de siembra de los cultivos de verano para la campaña 2017/18, esto abarca a los cultivos de: soja, maíz, sorgo, girasol, maní, arroz, poroto y mijo.
De esta manera, los productores que produzcan estos cultivos en inmuebles rurales, ya sea propios o de terceros, mediante arrendamiento, aparecería u otra  modalidad, deberán declarar las existencias y su capacidad de producción por cultivo y campaña.

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En caso de incumplimiento, ya sea total o parcial, se destaca que la norma dispone sanciones que pueden implicar la imposibilidad de emisión de cartas de porte, obstar a la registración de las operaciones para el reintegro del IVA e inclusive llegar a la exclusión del “Registro Fiscal de Operadores de Granos” por incurrir en incorrecta conducta fiscal.

Ante el INASE
Los productores deben informar el origen de la semilla de soja que hayan implantado en la presente campaña 2017/18. En este caso, de acuerdo a la planilla que se debe completar, hay que declarar el origen de la semilla por Renspa de los inmuebles, lotes, superficie, variedad y cantidad de semilla utilizada.

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En el caso de los productores que en esta campaña produjeron trigo, deben declarar los resultados de cosecha por inmueble y la reserva de las semillas para la próxima campaña.

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El incumplimiento, total o parcial, en la provisión de estos datos implicará imposibilidad de utilizar semilla propia en la próxima campaña, o bien la aplicación de una multa que va desde los $2.000 a los $100.000 o incluso sufrir el decomiso de la mercadería en infracción.

*Consultorio Impositivo:
Lic. Mariano Echegaray Ferrer
Echegaray Ferrer Consultores Asociados
Santa Rosa 922 Piso 7º – Centro – CP 5000 – Córdoba
TEL: (0351) 425-9001 / 421-3962 / FAX: (0351) 425-9001
mail: info@efconsultoresasociados.com
www.efconsultoresasociados.com

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