jueves, 28 de marzo de 2024
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Residuos pecuarios: el CIAPC y las normas que regulan en Córdoba su aplicación agronómica

Todos los Planes de Aplicación (de residuos pecuarios) deberán ser presentados en el área SICPA de la Secretaría de Ambiente provincial y serán confeccionados por un Ingeniero Agrónomo matriculado y habilitado”. Esta es la premisa básica para la utilización de esos residuos en los campos de la provincia de Córdoba, subrayada en un artículo que acaba de difundir el Boletín Institucional del Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Córdoba. (Plan de Aplicación).

Aunque el trabajo, suscripto por el Ing. Agrónomo Gustavo Moretti, Coordinador de la Comisión de Buenas Prácticas Ambientales DEL CIAPC, no hace ninguna referencia, inferimos que sale al cruce de una información que emitió Prensa de la Sociedad Rural de Jesus María, que contuvo un resumen de una reunión realizada principios de mayo en la SRJM que precisamente trató sobre el uso agronómico de los efluentes, en particular los de explotaciones porcinas, que fue reflejado por www.agroverdad.com.ar . (Efluentes porcinos: beneficiosos, pero se carece aún de sustento técnico validado).

Lo que se dijo
Ese título se desprendió del parte de prensa que indicó que de las disertaciones escuchadas se concluía que el uso agronómico de efluentes porcinos se está convirtiendo en una práctica frecuente en la provincia de Córdoba y que su aplicación contribuye al rendimiento de los cultivos y sirve como abono orgánico para los suelos.

“No obstante, la falta de estimaciones y sustentos técnicos puede acarrear consecuencias ambientales que derivan de un manejo inapropiado”, apuntaba de inmediato el informe de la SRJM.

Citaba luego la exposición de la Ing. Agr. Vanesa Pegoraro -del INTA Marcos Juárez-, quién afirmó (siempre a estar del parte de prensa) que “el 81% de los productores (de porcinos) entrevistados trabajan en sistemas confinados y semiconfinados con efluentes líquidos. De ese total, el 48% aplicaron los residuos en el suelo sin ningún tipo de criterio agronómico. Otro 44%, en tanto, depositó los efluentes en lagunas en donde llegaron a permanecer hasta más de 10 años”. Pegoraro señaló que el informe incluyó entrevistas al 20% de productores con más de 50 madres.

Una necesaria explicación
El trabajo del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Córdoba detalla una serie de precisiones acerca de la legislación y reglamentación del uso de los residuos pecuarios en la provincia de Córdoba. Agroverdad interpreta que pone el punto sobre las íes sobre la cuestión o, al menos, sobre la forma en que fue emitida la información que originó nuestra publicación de mayo.

El CIAPC puntualiza, por ejemplo, que “si bien nadie desconoce las virtudes de estos residuos de diversos orígenes, hacía falta un marco regulatorio para el productor y para el profesional que permita, al igual que en otros países, realizar su manejo de forma legal y avalado por los requisitos ambientales mínimos que se fijaron en la redacción de la norma”.

Plan de Aplicación e Ings. Agrónomos
La viga maestra del uso agronómico es el PLAN DE APLICACIÓN (PA), que es la herramienta que provee la resolución 29/2017 que fija los “Estándares Ambientales, de Emisión o de Efluentes y Estándares Tecnológicos para la Gestión y Aplicación Agronómica de Residuos Pecuarios de la Provincia de Córdoba”. Es un protocolo que garantiza el funcionamiento del sistema suelo (variables físico-químicas), como cuerpo receptor de los efluentes animales, y proveedor de nutrientes a los cultivos o pasturas.

Todos los Planes de Aplicación deberán ser presentados en el área SICPA de la Secretaría de Ambiente provincial y serán confeccionados por un Ingeniero Agrónomo  matriculado y habilitado. La duración es de tres (3) años, y todos los años se debe realizar el balance de nutrientes.

El informe del CIAPC
Reproducimos a continuación, en forma textual, la parte medular del trabajo del CIAPC.

“En la actualidad existe un sinfín de métodos de procesamiento de residuos para generar enmiendas de diversas complejidades para los distintos usos de aplicación al suelo, avalados por ensayos y trabajos de investigación

Como culminación de un trabajo que se viene realizando por parte de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, a través del área de Sistemas Intensivos y Concentrados de Producción Animal (SICPA), se ha publicado la nueva norma de Aplicación Agronómica de Residuos Sólidos y Líquidos (29/2017).

Para su elaboración se conformó una mesa redactora integrada por la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional de Córdoba., el INTA, SENASA, Ministerio de Agricultura y Ganadería de Cordoba, Cámaras de Productores, y el Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Cordoba.

Esta norma se constituye como una herramienta que facilita la gestión de los residuos pecuarios de producciones intensivas, teniendo en cuenta, además, que ya está vigente el Decreto 847/16 de Reglamentación de Estándares y Normas sobre Vertidos para la Preservación del Recurso Hídrico Provincial, dónde se acepta el uso agronómico de estos efluentes. Viene a dar precisión y fundamento a la calidad de la gestión de los residuos pecuarios estabilizados, considerándolos como un recurso  fuente de materia orgánica, de nutrientes que mejoran la calidad del suelo y los cultivos. Asimismo, recompone las condiciones físicas, químicas y biológicas del suelo agrícola.

Si bien nadie desconoce las virtudes de estos residuos de diversos orígenes, hacía falta un marco regulatorio para el productor y para el profesional que permita, al igual que en otros países, realizar su manejo de forma legal y avalado por los requisitos ambientales mínimos que se fijaron en la redacción de la norma.

El correcto manejo de los residuos pecuarios (y demás prácticas agrícola-ganaderas o agroindustriales) impacta de manera favorable en el medio ambiente. En este sentido, el rol del Ingeniero Agrónomo debe ser preponderante a la hora de garantizar la gestión ambiental de la producción, y es la Visión del CIAPC que así sea.

Es por ello que desde la Comisión de Buenas Prácticas Ambientales del Colegio, a través los profesionales que allí participan aportando sus conocimientos y experiencias adquiridos, se colabora en la toma de decisiones de los organismos públicos no solo para mejorar las prácticas en relación a la calidad ambiental, sino también para desarrollar mejores condiciones laborales hacia adentro de la profesión, generando protocolos o planes de trabajo que luego garanticen un honorario ético a los colegas de toda la provincia.

QUÉ ES EL PLAN DE APLICACIÓN (PA)

El PA es la herramienta que provee la resolución 29/2017 que fija los “Estándares Ambientales, de Emisión o de Efluentes y Estándares Tecnológicos para la Gestión y Aplicación Agronómica de Residuos Pecuarios de la Provincia de Córdoba”. Es un protocolo que garantiza el funcionamiento del sistema suelo (variables físico-químicas), como cuerpo receptor de los efluentes animales, y proveedor de nutrientes a los cultivos o pasturas.

En ningún momento se aplica para cubrir necesidades hídricas o una lámina de riego, ya que las cantidades solo cubren necesidades nutricionales. Esto genera una valorización de los efluentes, que pasan a tener un valor fertilizante para el suelo como proveedor de nutrientes y mejorador de las condiciones físicas y biológicas.

Se divide en tres etapas elementales, a saber:

1. Caracterización del efluente usado: La diversidad de composición y origen de los guanos, estiércoles líquidos o sólidos y camas usadas requiere su caracterización.

2. Características del establecimiento, paisaje y sistema-suelo receptor: Aquí es importante el conocimiento de los suelos del lugar donde se aplicará el plan. Se deben analizar las variables que determinan su fragilidad ambiental, posición en el relieve y características físico-químicas.

3. Consumo de los nutrientes: En esta etapa se realiza el trabajo más común para los profesionales, que es calcular el balance de nutrientes de acuerdo a las variables del sistema productivo y las metas de producción fijadas.

Todos los Planes de Aplicación deberán ser presentados en el área SICPA de la Secretaría de Ambiente provincial y serán confeccionados por un Ingeniero Agrónomo  matriculado y habilitado. La duración es de tres (3) años, y todos los años se debe realizar el balance de nutrientes.

Es importante destacar que los fertilizantes químicos no serán desplazados del sistema por estos residuos. Lo que el sector productivo debe lograr es un manejo del establecimiento que permita la corrección y mejora de los suelos allí categorizados con los residuos que éste obtenga, dándoles valor tanto económico como agronómico.

Esta nueva normativa también permite brindar soluciones ambientales en relación a producciones intensivas cercanas a centros poblados, tanto avícolas, lecheras como porcinas -entre otras-, que por su extensión o por la forma de tenencia de la tierra no pueden garantizar el uso de los residuos a través de un Plan de Aplicación en el propio espacio. Aquí el rol del profesional es gestionar los residuos para que el productor interesado en su uso los reciba en donación y los utilice en su establecimiento.

DESAFÍOS Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

El Ingeniero Agrónomo se enfrenta a varios desafíos en esta área. Uno de ellos es el acceso a la capacitación e información para realizar esta labor, fundamentalmente por ser un ámbito relativamente nuevo de inserción profesional por lo cual no hay resultados a campo en modelos demostrativos. Aquí el CIAPC debe favorecer el intercambio y generación de instancias de capacitación con las distintas unidades científico-académicas que cuenten con investigaciones y trabajos realizados en estas temáticas.

Otro desafío no menos importante es el desempeño como profesional en el territorio y la formalización de sus tareas, donde se debe contemplar el cobro de los honorarios y la situación previsional. Desde el CIAPC propiciamos la profesionalización de las tareas, la fijación de honorarios mínimos y el diálogo con los organismos de aplicación de las distintas normativas.

También se debe hacer mención al proceso intelectual o la tecnología de proceso que implica llevar adelante esta tarea, en comparación al uso de fertilizantes químicos. La incorporación de esta práctica a los planes de incentivo económico para productores, la adhesión al programa de Buenas Prácticas Agropecuarias (BPAs) de la provincia, debe ser fomentada, incentivada y valorada mediante los Planes de Manejo de Suelo de los establecimientos productivos.

Otro escenario que presenta potencialidades es el advenimiento de las Bioenergías como parte de la matriz energética de la Argentina, que surgen del uso de la Biomasa “provenientes de materia orgánica, residuos agrícolas y forestales, subproductos foresto industriales, cultivos energéticos, residuos de podas, residuos sólidos orgánicos y estiércol animal o efluentes agroindustriales y de frigoríficos”. Éstos son procesados en biodigestores y, como resultado, se obtiene la energía y los Bioles que son efluentes líquidos de gran valor nutricional para distintos cultivos. Aquí se genera un amplio campo de trabajo para los profesionales en la gestión agronómica y ambiental mediante el Plan de Aplicación.

Otro desafío de estas prácticas agronómicas es que nos obligan a llevar adelante registros anuales de la situación de los suelos, su evolución y el cumplimiento de un plan de siembra adecuado al uso agronómico de los residuos que disponemos y el balance de nutrientes.

Por esto se requiere la continuidad de trabajos de investigación y ensayos mediante vinculación o convenios por parte de las Universidades, el INTA u otras instituciones acerca de la eficiencia del uso del Nitrógeno y los Métodos de Aplicación, debido a la importancia de las pérdidas del mismo del sistema suelo planta. En estos procesos se debe medir y cuantificar la pérdida por lixiviación hacia las napas, y por volatilización del N amoniacal.

Todos estos aspectos del Uso Agronómico de los Residuos Pecuarios no hacen más que reafirmar la necesidad de la utilización de tecnologías de proceso que brinda el Ingeniero Agrónomo, con énfasis en la profesionalización de las BUENAS PRÁCTICAS PARA EVITAR DAÑOS A LA SALUD Y A LOS RECURSOS NATURALES.

Resolución ministerial
El trabajo del CIAPC remite también a la Resolución y al Anexo sobre la cual se basa la Aplicación de los residuos.

MINISTERIO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS Resolución N° 29 Córdoba, 20 de marzo de 2017 VISTO: el Expediente N° 0660-009654/2017.

Y CONSIDERANDO: Que obra nota de la Sra. Secretaria General del Consejo de Desarrollo Sustentable, Dra. Marta Juliá, mediante la cual eleva Dictamen elaborado por la Comisión de “Uso Agronómico de Residuos Agropecuarios” que contiene el “Proyecto de Norma de Gestión y Aplicación Agronómica de Residuos Pecuarios de la Provincia de Córdoba”, tratado y aprobado el día 14 de diciembre de 2016 por el citado Consejo.

Que entre los instrumentos prioritarios de política y de gestión ambiental establecidos en el artículo 8, inciso g de la Ley de Política Ambiental 1 LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS a BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA 6 AÑO CIV – TOMO DCXXVIII – Nº 81 CORDOBA, (R.A.), VIERNES 28 DE ABRIL DE 2017 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA “2016 – 2017 Año Brocheriano“ Provincial N° 10.208 se establece la fijación de estándares y normas.

Que en la mencionada Ley se reconocen tres tipos de estándares: ambientales, de emisión o de efluentes y tecnológicos.

Que existen un conjunto de actividades que realizan las personas físicas o jurídicas, que deben ajustarse a nuevos estándares y normas que fijan reglas técnicas para evitar efectos perjudiciales sobre el ambiente como consecuencia de su actividad.

Que la trascendencia de una correcta gestión de los Residuos Pecuarios de origen animal, junto a otros aspectos ambientales, es esencial para transmitir a la sociedad en general, y a los consumidores en particular, sobre la producción animal como actividad respetuosa del medio ambiente.

Que la dispersión de normas, criterios y datos, discrepantes en ciertas ocasiones y con imprecisiones en otras, hacen necesario establecer un Protocolo Normalizado de Trabajo para la aprobación de los Planes de Aplicación de Residuos Pecuarios, que en definitiva se convierta en la herramienta común que sirva para unificar criterios en todo el territorio provincial.

Que es necesario dar precisión y fundamento a la gestión de los residuos provenientes de sistemas de producción intensiva de animales, teniendo en cuenta que los residuos pecuarios estabilizados son un recurso de materia orgánica y nutrientes.

Que este Ministerio es la autoridad de aplicación de la Ley Provincial de Política Ambiental N°10.208, siendo de su competencia la fijación e implementación de los estándares establecidos en el artículo 51 de dicha Ley. Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por Decreto Provincial N° 247/2015, Decreto Provincial N° 847/2016, Ley Provincial N° 9.306 y lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 28/2017;

EL MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS R E S U E L V E:

Artículo 1º: APROBAR los “Estándares Ambientales, de Emisión o de Efluentes y Estándares Tecnológicos para la Gestión y Aplicación Agronómica de Residuos Pecuarios de la Provincia de Córdoba”, los que como Anexo compuesto de (5) fojas útiles forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO. DR. ING. FABIÁN LOPEZ, MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS

ANEXO: https://goo.gl/9CczTc (HACER CLIC AQUÍ).

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