jueves, 28 de marzo de 2024
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2,4D en Córdoba: el Ing. Ricardo Weiss y el MAGYA precisan cómo se aplica su prohibición

El Ing. Ricardo Weiss, un reconocido referente en materia de agroquímicos, y el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la provincia (MAGYA) precisaron cómo debe interpretarse la aplicación de la prohibición del 2,4D en territorio cordobés. El profesional responde a consultas en las que advierte “confusión” entre lo prescripto en la Ley 8820 y la Resolución 112 de la cartera agropecuaria emitida este año. En su aclaración, el Ministerio anticipa que realizará rigurosos controles para que se observe estrictamente el no uso del producto.

Precisiones de Weiss
Ricardo Weiss, en una cartilla que difundió por internet –en la que adjuntó el texto de la Resolución, HACER CLIC AQUI-, comienza recordando que hoy 1° de Noviembre de 2016 “entra en vigencia la Resolución 112/16 del Ministerio de Agricultura y Ganadería de Córdoba, que prohíbe el uso y aplicación del herbicida 2,4D en sus formulaciones éster butílico e isobutílico”, por un período que alcanza hasta el 31 de Marzo de 2017.

Esta fecha de entrada en vigencia del 1 de Noviembre es por única vez, ya que en años venideros será a partir del 1 de Agosto de cada año.

He recibido varias consultas al respecto, en las que se advierte una confusión con lo prescripto en la ley 8820 que prohíbe el uso de los productos 2,4D y 2,4DB éster en algunas pedanías de los departamentos Colón, Totoral, Río Primero, Río Cuarto y Capital.

Nos debe quedar bien en claro –apunta Weiss- que la ley 8820 mantiene su total vigencia, por lo cual está prohibido el uso de 2,4D y 2,4DB en todas sus formulaciones éster, en cualquier momento del año, en la zona antes indicada. La resolución 112/16 es válida para el resto de la Provincia, y en la ventana que va desde el 1 de Agosto de cada año al 31 de Marzo del año siguiente (este año excepcionalmente desde el 1 de Noviembre).

En el caso de la resolución que nos ocupa, no está incluido el 2,4DB ni las formulaciones de 2,4D éster de cadena larga (isooctílico). Tampoco  tiene validez la presunción de uso por la sola tenencia del producto en depósito como sí ocurre en la zona delimitada por la ley 8820.

Todas las demás formulaciones de 2,4D no están incluidas en esta resolución ni en la ley 8820, por lo cual pueden usarse sin restricciones durante todo el año, con la sola exigencia de cumplir con lo estipulado por la ley 9164 (Receta Fitosanitaria, y maquinaria habilitada).

MAGYA precisa 
Por su parte, el Ministerio de Agricultura y Ganadería recordó que a través de la Resolución N° 112, se determinó que desde el 1° de agosto al 31 de marzo de cada campaña no podrá utilizarse el herbicida ácido 2,4 D (diclorofenoxiacético), butílico e isobutílico, en formulaciones ésteres.

Durante ese período, la medida se extiende a toda la provincia e incluye a cualquier tipo de aplicación: aérea, terrestre o manual. El lapso determinado en el documento se basa en que abarca la campaña de cultivos más sensibles, como la vid, los frutales y las producciones hortícolas.

Cabe aclarar que, excepcionalmente y solo por este año, la medida comenzará a regir el 1° de noviembre, debido a que desde la cartera se dispuso un período de comunicación de la medida a los productores que utilizan estos productos.

La decisión de prohibir el uso de estos herbicidas en toda la provincia durante un período ventana tiene que ver con un compromiso del Estado provincial de promover una producción cada vez más sostenible, sin perjudicar a las economías regionales.
Por otra parte, actualmente existen en el mercado formulaciones menos volátiles que las que comprende la medida, porque ese es el principal problema, la deriva que puede generarse. El objetivo es que en un periodo de no más de dos años, se reemplacen en la actividad agrícola estos productos volátiles por otros de muy baja volatilidad.

Cabe destacar que estas medidas se enmarcan en un plan de acción que tiende a la aplicación y difusión de las Buenas Prácticas Agrícolas en todo el territorio de la provincia de Córdoba. Para la concreción de este objetivo general y el cumplimiento específico de esta nueva resolución, desde el Ministerio, y a través de la Dirección de Fiscalización y Control, se desarrollará una fuerte tarea de control con los equipos de inspectores, para actuar con el rigor necesario en caso de situaciones que violen estas normativas.

Prohibiciones anteriores
Cabe recordar que desde la cartera agropecuaria se han dictado resoluciones anteriores a la presente en zonas específicas de la provincia de Córdoba, donde la utilización del 2,4 D se encuentra totalmente prohibida durante todo el año por la existencia de cultivos de hoja ancha y, especialmente, los establecimientos dedicados a vid, frutales y hortícolas, que son muy sensibles al comienzo de la estación de crecimiento.

Estas zonas, en las cuales la nueva resolución 112 no modificará el alcance de las limitaciones, son las siguientes:
-Pedanías Constitución, Cañas, Río Ceballos y San Vicente del departamento Colón.
-Pedanías Sinsacate, Río Pinto y Totoral del departamento Totoral.
-Pedanías Potrero de Garay, Reartes, Santa Rosa, Cañada Álvarez y Río de los Sauces del departamento Calamuchita.
-Y de manera total los cinturones verdes de los departamentos Capital y Río Cuarto.

Plan de Trabajo
En este marco, desde el Ministerio de Agricultura y Ganadería, se viene desarrollando desde hace tiempo un plan intensivo de trabajo, que se centra en cinco grandes ejes: Fiscalización y Control de las leyes provinciales 9164 y 8820; capacitación a todos los actores vinculados; comunicación y difusión de las Buenas Prácticas Agrícolas; y el uso responsable de fitosanitarios con demostraciones a campo.

El quinto eje avanza en la capacitación sobre la utilización de nuevas tecnologías destinadas al sector, como es el caso de la Receta Fitosanitaria Online y la utilización de la Red de Estaciones Meteorológicas que posee la cartera agropecuaria y cuyo acceso es de carácter totalmente gratuito.

Las estaciones emiten alertas cuando las condiciones de aplicación de productos fitosanitarios no son las adecuadas.

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